miércoles, 17 de junio de 2015

¿Opinar sobre la corona va a ser delito de terrorismo?

Desde hace unos días está circulando por la red un mensaje que afirma que "opinar contra la corona va a ser delito de terrorismo a partir del 1 de julio" y, para ello, utilizan un texto extraído del BOE en el que se reforma el Código Penal para esa clase de delitos, una reforma que va a entrar en vigor en 1 de julio y del que avisan páginas como Eco Republicano 
¿Qué hay de verdad en eso? ¿Es posible que si yo digo "no me gusta el rey Felipe VI" me pueda ver ante la Audiencia Nacional? Parece un poco excesivo, ¿no? Veamos el literal del artículo, que se puede leer en el propio BOE y que es idéntico a la imagen que precede a este texto:
Dice que es delito de "terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio,  contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos" siempre que se haga para alguna de los siguientes propósitos: 
"1.ª Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo.
2.ª Alterar gravemente la paz pública.
3.ª Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional.
4.ª Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella."
La mayoría de casos se explican por sí solos. Solo aquellos que son "contra la Corona" merecen un poquito más de repaso. Se puede leer AQUÍ qué dicen, según el vigente Código Penal 
De ellas, sólo el artículo 491 podría ser de interés: 
"1. Las calumnias e injurias contra cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior [reyes y herederos], y fuera de los supuestos previstos en el mismo, serán castigadas con la pena de multa de cuatro a veinte meses.
2. Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona."
¡Vaya! De momento lo que se castiga no es una "opinión", sino una "injuria o calumnia". Parece que la diferencia es notable. No es lo mismo decir "odio al rey Felipe VI" que "el rey es un violador reincidente"... Que, no nos equivoquemos, eso tampoco lo puedo decir de ningún ciudadano sin pruebas que lo respalden, porque también incurro el delito. La única diferencia es que hacerlo contra las Autoridades tiene una mayor pena acarreada.
Pero, volvamos al meollo. ¿Me pueden acusar de terrorismo si digo que el rey es un violador, sin serlo? No, no pueden. Repasemos los casos en los que eso sería así. ¿Acaso ataco gravemente la paz pública? No. Eso lo hace una bomba o una rebelión. ¿Desestabilizo alguna organización internacional? ¿Provoco el terror? ¿Acaso obligo con ello a los Poderes Públicos a hacer algo que no quieren? Está claro que no. Tengamos en cuenta que los delitos contra la Corona del resto de ese capítulo son homicidios, lesiones, secuestros y otros similares. Por eso están incluidos ahí, aunque de forma un poco redundante.
El Derecho Penal no se aplica de forma arbitraria: está muy tasado y los jueces son independientes para ello. No te van a acusar de algo que no esté tasado y, en este caso, es clara la diferencia. Podríamos argumentar si deben o no estar contempladas las injurias y calumnias como un delito, si todos tenemos derechos a querellarnos contra quien nos insulta o no, pero esa es harina de otro costal. En mi experiencia policial os he de decir que los ciudadanos que los sufren pueden acabar muy afectados. No es agradable que todo un barrio te señale como delincuente porque a un vecino se le ha ocurrido decir que lo eres e insiste en ello a diario, así que mi opinión personal es que deben seguir persiguiéndose.
Los párrafos finales del texto que encabeza estas líneas se refieren a ataques informáticos, es decir, crear daños en un ordenador de manera remota, no es un "insulto en Internet". Eso es otra cosa.
Insisto: no, no hay ningún temor a que nos llamen terroristas por atacar el honor del Felipe VI. 

5 comentarios:

  1. Buena aclaración. Era de sentido común, pero muchos necesitan que se les expliquen las cosas, y meten la pata por hablar sin saber. Entre ellos, el propio "Eco Republicano" (menuda imparcialidad tendrá ese diario con semejante nombre), porque he intentado leer el enlace y han eliminado la noticia.

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  2. Estelwen, prueba a eliminar el punto final que aparece después e "html" y podrás ver la noticia :)

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  3. Gracias por las aclaraciones. A los que no hemos estudiado leyes a veces nos puede resultar confuso todo esto. Por cierto, repasa el artículo porque el penúltimo párrafo está repetido...

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  4. Joaquín, gracias por tu observación. ¡Corregido!

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  5. gracias por aclarar.. como siempre

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